Certificado energético edificios
Se realizan certificados energético de todo tipo de edificios, sean de cualquier uso (Residencial,, comercial o deportivo), ya sean edificios de nueva construcción, edificios existentes o edificios públicos.
Para las unidades de un edificio, como viviendas, o para los locales destinados a uso independiente o de titularidad jurídica diferente, situados en un mismo edificio, la certificación de eficiencia energética se basará, como mínimo, en una certificación única de todo el edificio o alternativamente en la de una o varias viviendas o locales representativos del mismo edificio, con las mismas características energéticas.
El Procedimiento básico procedimiento básico con el que deberemos obtener el certificado de eficiencia energética será de aplicación a:
- Edificios de nueva construcción.
- Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
- Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.